jueves, 28 de julio de 2016

MANUEL GAMBINI RUPAY; DENUNCIADO POR NEPOTISMO, ANTE PROCURADURIA ANTICORRUPCION
Pucallpa.-

Este martes 26 de Julio al promediar el medio día, el abogado: Iván Benjamín Pacho, formalizo denuncia ante el procurador público de la Procuraduría Anticorrupción del Distrito Judicial de Ucayali, al Gobernador Manuel Gambini Rupay, por presuntamente favorecer a uno de sus familiares para que trabaje en la Dirección Regional de Agricultura.

El Nepotismo es un delito tipificado en el código penal, en este caso el Gobernador Regional estaría favoreciendo a Robert Jenner Rojas Ruiz, para trabajar en la oficina de estadística Agraria e Informática, ocupando la plaza de Técnico Agrario III, categoría  remunerativa STA de la Agencia Agraria de Coronel Portillo, bajo la modalidad de contratado por servicios personales.





Dicha denuncia se basa en la Ley N° 26771, que prohíbe ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco.
De acuerdo al árbol genealógico en el primer grado y en el cuarto grado, no se puede favorecer a ningún familiar directo, abuelos, sobrinos, cuñados, suegros.
En este presunto delito Robert JENNER Rojas Ruiz, es cuñado del Gobernador, para ello el denunciante presento, como medio de prueba el Memorándum que acredita la contratación laboral de  fecha 1 de diciembre del 2016, que lleva la firma de Isaac Huamán Pérez.


Establecen prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de
personal en el sector público, en casos de parentesco
Ley N° 26771
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1o.- Los funcionarios de dirección y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas
conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de
nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección se
encuentran prohibidos de ejercer dicha facultad en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de
consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio.
Extiéndase la prohibición a los contratos de Servicios No Personales.
Artículo 2o.- Los Organos de Control Interno de las entidades a que se refiere el Artículo 1o. quedarán encargados de
velar por el estricto cumplimiento de la presente Ley, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o quien haga sus veces
según corresponda, sin perjuicio de las acciones de control que ejerza la Contraloría General de la República.
Artículo 3o.- Los responsables de los actos de nepotismo previstos en el Artículo 1o., serán sancionados con arreglo a
las normas establecidas en el Reglamento correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.
Artículo 4o.- Las acciones que contravengan lo dispuesto en la presente Ley son nulas de pleno derecho, debiendo los
responsables ser sancionados, con arreglo a las normas establecidas en el Reglamento correspondiente.
Artículo 5o.- En los contratos que impliquen prestación de servicios en el sector público, vigentes a la fecha de
promulgación de la presente Ley, si se prueba la relación de parentesco a que se refiere el Artículo 1o., no podrán ser
renovados.
Artículo 6o.- El Poder Ejecutivo dictará las normas reglamentarias en un plazo no mayor de 60 días de su entrada en
vigencia.
Artículo 7o.- Derógase las disposiciones que se opongan a la pesente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los tres días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros


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martes, 26 de julio de 2016

CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DEL SECTOR 10 - YARINACOCHA - 7 AÑOS Y NO FUNCIONA

CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DEL SECTOR 10 - YARINACOCHA “INMENSO ELEFANTE  BLANCO”

Muchos moradores del distrito de Yarinacocha el año 2009, se llenaron de alegría al conocer que el Gobierno central, Atreves del M.E.F,  desembolsara 32 millones de nuevos soles al ente ejecutor el GORE-U, que presidia Jorge Velázquez Portocarrero, para la ejecución de esta importante obra, que beneficiaría  a varios asentamientos humanos.

Es así que en las instalaciones del archivo regional del GORE-U, ubicado en el jr. Mariscal Cáceres 797, se llevó a cabo licitación pública N°0017-2009-GRU-P-CE, para la ejecución de la obra: Construcción del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Yarinacocha, Segunda Etapa Sector 10 Pucallpa, teniendo como valor referencial suma de 32 millones 364 mil 795 nuevos soles incluido el impuesto general a las ventas (I.G.V).
El Comité Especial de Adjudicación estuvo presidida por el Gerente  General del Gobierno Regional de ese entonces: Ricardo Mejía Sifuentescontó de la presencia de la notaria Giovanna Merino Reyna Campodónico, quien dio fe de todo lo actuado.

Según dio a conocer el GORE-U, el Comité de Adjudicación para la obra, fue designado por Resolución Ejecutiva N° 1533-2009-GRU, de fecha 22 de Julio del 2009, y las Bases fueron aprobadas por Resolución Ejecutiva Regional N° 1522-2009-GRU, el  23 de julio del 2009, en la que se aprobó el valor referencial de la obra, en tanto que el Expediente de Contratación fue suscrita con Resolución Ejecutiva N°1511-2009-GRU, de fecha 22 de julio y con fecha 23 de julio se comunicó al sistema de contratación del estado para el desarrollo de las mismas.

Para la ejecución de esta obra hubo 8 postores, inscritos en el registro de los participantes, sin embargo solo  se presentó el Consorcio Victoria, con una propuesta economía de  29 millones 101 mil 117 nuevos soles, resultando, ganadora de la buena pro, por ser el único postor.

El Gerente  General del Gobierno Regional de ese entonces: Ricardo Mejía Sifuentes, en una entrevista para el diario IMPETU dijo lo siguiente: “Es la obra más importante que se ha licitado en estos  últimos años en la región Ucayali”
Han pasado siete años y simplemente esta obra no funciona, es más antes de finalizar su gobierno Jorge Velázquez Portocarrero, como presidente regional desembolso 8 millones para, las pruebas finales y poner en funcionamiento esta tremenda inversión del estado, casi 38 millones.





El actual Gobernador Regional Manuel Gambini, y el ejecutivo regional, conocerán el tema si así fuera que están haciendo para que miles de ciudadanos tengan una mejor calidad de vida.
Hemos ingresado un documento al Concejo regional y hasta a hora no hay respuesta que habrá de por medio.





Para el funcionamiento de esta obra se han construido  tres enormes tanques elevados, se han perforado posos, ubicados en Roberto Ruiz Vargas, las Palmeras, Tushmo: ojala los defensores de los bienes del estado, no se duerman más….cuantos años tendremos que esperar para que funcione esta obra…. 








lunes, 25 de julio de 2016

CORTE DEL SERVICIO DE AGUA CAUSA MOLESTIA, CONTRA EMAPACOP S.A

Yarinacocha.- Hoy lunes los usuarios del servicio de agua y desagüe que presta EMAPACOP S.A, en la juridiccion de Yarinacocha, sufren el desabastecimiento del liquido vital, esto ya es una mala costumbre para esta empresa prestadora de dicho servicio.

En pleno verano,  la falta de agua causa  molestia entre los usuarios, por que sin comunicar cortan el servicio y hasta ahora no tienen un plan de contingencia, mientras los entes reguladores y supervisores del servicio, solo calientan asientos en sus oficinas y se llenan los bolsillos sin cumplir sus funciones. 

Este problema nos recuerda una canción muy bonita de los 80 Hipocresía morir de sed teniendo tanta agua......